Huelga general del 11 de noviembre: consulta los servicios mínimos establecidos en Cataluña
05/11/2026
La Generalitat de Catalunya ha establecido los servicios mínimos que deberán garantizarse durante la huelga general convocada para el miércoles 11 de noviembre de 2026, que afectará al conjunto de los sectores de actividad.
La huelga afectará a todos los sectores de actividad, tanto públicos como privados, y tendrá una duración general de 24 horas, desde las 00.00 hasta las 24.00 horas, con particularidades para los trabajadores que prestan servicios por turnos.
¿Cuáles serán los servicios mínimos el próximo 11 de noviembre?
Transporte público y movilidad
- Rodalies, Regionales, metro, autobuses urbanos e interurbanos, FGC y tranvía: 25 % del servicio habitual durante las franjas horarias de 6.30 a 9.30 h y de 16.30 a 21.00 h.
- Autobuses entre Barcelona y el aeropuerto: 50 % del servicio, garantizando como mínimo un trayecto completo de ida y vuelta.
- Transporte escolar: se mantiene el servicio para los centros de educación infantil y primaria que no dispongan de transporte público alternativo.
- Transporte de personas con discapacidad: servicio habitual.
- Autopistas: un tercio del personal habitual de mantenimiento, comunicaciones, seguridad y asistencia a los usuarios.
- Grúas: un tercio del servicio habitual para determinadas retiradas de vehículos, garantizando la asistencia a los vehículos averiados y accidentados.
Transporte de mercancías y logística
Se garantiza el transporte de mercancías imprescindibles para abastecer a los centros sanitarios y las farmacias, así como el de productos perecederos que no puedan conservarse durante más de 24 horas.
Sanidad y emergencias
- Hospitales y centros sanitarios: se garantiza la atención de urgencias, las unidades de cuidados intensivos, los tratamientos vitales y las intervenciones quirúrgicas inaplazables.
- Atención primaria: 25 % de la plantilla en los servicios ordinarios del ámbito del SISCAT, con las excepciones previstas para determinados dispositivos. Se mantiene la atención urgente.
- Transporte sanitario: se garantizan las urgencias, los tratamientos esenciales y los traslados médicamente necesarios previstos en la Orden.
- Farmacias de guardia: funcionamiento habitual.
- Atención telefónica de urgencias y emergencias: 85 % de la dotación para las comunicaciones que requieran una respuesta inmediata.
Centros educativos y guarderías
- Educación infantil y primaria (de 3 a 12 años): una persona del equipo directivo por centro y un docente por cada seis unidades.
- Educación especial (de 3 a 16 años): 50 % de la plantilla, además de una persona del equipo directivo.
- Guarderías: 33 % de la plantilla, además de una persona del equipo directivo.
- Comedores escolares y actividades complementarias: 33 % de la plantilla para garantizar la seguridad.
Servicios sociales y atención a personas dependientes
- Residencias de personas mayores y personas con discapacidad: servicio equivalente al de un día festivo, con las condiciones establecidas en la Orden.
- Centros de día: funcionamiento normal del servicio de restauración y 50 % del resto de servicios.
- Teleasistencia: 85 % del servicio de teleoperadores y personal asistencial para atender urgencias y emergencias.
- Ayuda a domicilio: se garantizan los servicios urgentes, necesarios e inaplazables.
Suministros y seguridad
- Electricidad, gas, agua y alumbrado público: se garantiza el funcionamiento de las instalaciones y la reparación de averías urgentes que puedan afectar a la salud, la seguridad o la salubridad públicas.
- Seguridad privada: servicios mínimos de entre el 60 % y el 80 % del personal, según la actividad y las instalaciones afectadas.
¿Qué deben tener en cuenta las empresas?
En cuanto a las obligaciones empresariales, las empresas afectadas por los servicios mínimos deberán determinar el personal estrictamente necesario para garantizarlos, previa consulta a los comités de huelga.
Siempre que sea posible, se priorizará al personal que no ejerza su derecho a la huelga y las designaciones deberán comunicarse formalmente a las personas trabajadoras.
Asimismo, las empresas podrán establecer los servicios de seguridad y mantenimiento necesarios, previa consulta a la representación de los trabajadores, para proteger las instalaciones y facilitar la reanudación de la actividad una vez finalizada la huelga.
Consulta aquí la Orden de servicios mínimos de la Generalitat de Catalunya, firmada el 5 de noviembre de 2026.




